Seguimiento poscomercialización
La vigilancia que el proveedor debe hacer de su IA de alto riesgo una vez en uso, recogiendo datos sobre su funcionamiento real para detectar problemas.
Un sistema de IA puede comportarse bien en las pruebas y mal en el mundo real. Por eso el artículo 72 obliga a los proveedores de sistemas de alto riesgo a tener un sistema de seguimiento poscomercialización.
Consiste en recoger, documentar y analizar de forma activa datos sobre el rendimiento del sistema durante toda su vida (los puede aportar el propio responsable del despliegue), para comprobar que sigue cumpliendo los requisitos. Debe basarse en un plan de seguimiento que forma parte de la documentación técnica; la Comisión publica una plantilla oficial.
Lo que se descubre alimenta la gestión de riesgos y, si aparece un incidente grave, la notificación a la autoridad. En la práctica se apoya en la monitorización técnica: métricas de precisión, detección de deriva (drift) y quejas de usuarios.
Referencia: Art. 72 AI Act
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