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El plazo del 2 de agosto cambió: esto es lo que sigue vigente y lo que no

El 29 de junio de 2026 el Consejo de la UE dio su aprobación definitiva al Digital Omnibus. El texto se firmó el 8 de julio, se publicó en el Diario Oficial de la UE el 24 de julio como Reglamento (UE) 2026/1744 y entró en vigor el 27 de julio de 2026. Si tu empresa llevaba meses trabajando contrarreloj hacia el 2 de agosto, esto cambia el plazo, pero no del todo, y el matiz importa.

Lo que ha cambiado, en una frase

Las obligaciones de alto riesgo del Anexo III del AI Act (gestión de riesgos, documentación técnica, supervisión humana, sistema de calidad) se aplazan del 2 de agosto de 2026 al 2 de diciembre de 2027: 16 meses más. Las obligaciones de alto riesgo embebido del Anexo I (IA integrada en productos ya regulados, como dispositivos médicos o maquinaria) pasan del 2 de agosto de 2027 al 2 de agosto de 2028.

Lo que NO ha cambiado

Aquí es donde la mayoría de titulares se están quedando cortos. El artículo 50: las obligaciones de transparencia (etiquetar contenido generado por IA, informar cuando alguien interactúa con un sistema de IA en vez de una persona): sigue su calendario original. Entra en vigor el 2 de agosto de 2026, sin cambios. Solo el artículo 50.2, relativo a sistemas ya puestos en el mercado, se aplaza a diciembre de 2026. Guía completa: las 5 obligaciones del artículo 50 y qué revisar esta semana.

Tampoco han cambiado las prohibiciones del artículo 5 (en vigor desde febrero de 2025) ni las obligaciones de los modelos GPAI (en vigor desde agosto de 2025). El artículo 4 sobre alfabetización en IA sigue en vigor desde febrero de 2025, pero el Omnibus lo reformuló: de "garantizar un nivel suficiente" a "adoptar medidas que apoyen su desarrollo", sin exigir un nivel concreto a cada persona. Además, el Omnibus añade dos prohibiciones nuevas, imágenes íntimas no consentidas y material de abuso sexual infantil generado por IA, aplicables desde el 2 de diciembre de 2026.

Por qué esto importa más de lo que parece

Un aplazamiento de 16 meses suena a alivio, y en parte lo es. Pero hay dos riesgos reales en leerlo mal:

  • Confundir "aplazado" con "cancelado". El alto riesgo sigue llegando: solo que en diciembre de 2027 en vez de agosto de 2026. Un programa de gobernanza de IA que se empieza con 16 meses de antelación tiene margen para hacerse bien; uno que se empieza con 3 meses porque "total, ya no hay prisa" no.
  • Olvidar que agosto de 2026 sigue siendo una fecha real. Si tu empresa despliega chatbots, generadores de contenido, o cualquier sistema que interactúe con personas sin que sepan que hablan con una IA, el artículo 50 te aplica ya: el aplazamiento no toca esto.

Qué hacer con esta información

  1. Si tu plan de proyecto tenía el "gran cierre" en agosto de 2026 para sistemas de alto riesgo, puedes reprogramarlo con margen real, pero no lo borres del roadmap.
  2. Revisa ahora mismo si algún sistema tuyo cae bajo el artículo 50 (transparencia): ese sí llega en la fecha original.
  3. Aprovecha los 16 meses extra para hacerlo bien: inventario completo, clasificación de riesgo correcta, documentación construida con calma en vez de contrarreloj.

Relacionado: por qué conviene implementar ya la supervisión humana del art. 14, aunque su plazo también se haya aplazado, y qué es la declaración de conformidad que resume todo este trabajo.

Fuente

Reglamento (UE) 2026/1744 (DOUE, 24 de julio de 2026) y aprobación final del Consejo de la UE, 29 de junio de 2026. Fuentes: Reglamento (UE) 2026/1744 (DOUE, 24 de julio de 2026) y comunicados del Consejo de la UE y Pinsent Masons sobre el texto aprobado del Digital Omnibus.

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